El Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad contempla cuatro fases de desconfinamiento o desescalada, cada una de ellas con una duración mínima de dos semanas y cuya normativa precisa será desarrollada mediante órdenes del Ministerio de Sanidad.
En esta fase se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado en las mismas condiciones que Fase 1.
Esto es lo que debes saber de la Fase 0 o de preparación:
ÁMBITO LABORAL
- Teletrabajo preferente en las empresas y puestos donde sea posible.
- Escalonamiento en la entrada y salida de centros de trabajo.
ÁMBITO PERSONAL
- Paseos de niños, mayores y convivientes.
- Los horarios son los siguientes: los ciudadanos podrán salir a la calle para realizar actividad física (dentro del propio municipio) y dar paseos (a no más de 1 km del domicilio) de 6 a 10 y de 20.00 a 23.00 horas.
- Entre las 10:00 y las 12:00 y las 19:00 y las 20:00 podrán salir a pasear las personas dependientes. En esta franja horaria también podrán salir los mayores de 70 años. El nuevo horario para los menores de 14 de años es de 12 a 19 horas, siempre acompañados de un adulto.
- Atención de huertos familiares, de autoconsumo, municipales, siempre que estén en el mismo término municipal que el del domicilio, o uno adyacente al mismo y se adopten las debidas precauciones higiénicas o de distanciamiento social.
- Necesaria gestión de la demanda de movilidad (flexibilidad de hora punta, etc.) para evitar aglomeraciones.
- Refuerzo de mensajes y cartelería en zonas con posibles aglomeraciones (estaciones de tren, autobús, paradas de metro y autobús, aeropuertos, puertos, etc.) recordando distancia de seguridad, medidas de higiene, etc.
- Recomendación alta de mascarilla en transportes públicos y todo tipo de actividades fuera del hogar.
Posible adopción de medidas extraordinarias adicionales en las islas que ya estén en condiciones de acceder a la Fase 1.
SERVICIOS SOCIALES
Completar la incorporación de trabajadores sociales dada su importancia en la protección de colectivos especialmente vulnerables.
EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Se fomentará la educación online o a distancia.
COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios asimilados con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados. En establecimientos con una superficie útil superior, se establece que se pueda acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.
- Las acciones comerciales o de promoción deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad o el cumplimiento de los límites de aforo.
- Se establecerá un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años.
- Cuando el servicio profesional requiera tener contacto con el cliente será obligatorio el uso de medidas de protección como mascarilla o guantes.
HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS
Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar. Sin consumo en el local.
HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.
ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO
Apertura de archivos.
DEPORTE PROFESIONAL Y FEDERADO
- Entrenamientos individuales de profesionales y federados.
- Entrenamiento básico de ligas profesionales.
- Actividad deportiva sin contacto.
DEPORTE NO PROFESIONAL
Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).
MOVILIDAD URBANA Y PERIURBANA
- Incremento progresivo de frecuencias en el transporte público (metro, autobuses, cercanías…), especialmente en hora punta.
- Preparación de planes de movilidad reforzada, incluyendo gestión de la demanda.
- En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
MOVILIDAD TERRESTRE DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA (FERROVIARIO Y EN AUTOBÚS)
- Mantenimiento de las condiciones actuales (limitación de número de servicios al 30% respecto al periodo normal).
- En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
TRANSPORTE MARÍTIMO
Mantenimiento de las condiciones actuales. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.
*Esta previsión es orientativa y no tiene carácter exhaustivo. Las decisiones y fechas concretas sobre el efectivo levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos. El régimen común aplicable a todas las medidas también podrá ser adaptado, en función de la evolución de la pandemia o de otras circunstancias justificadas.
Más información:
- Lo que se puede hacer en la Fase 1 de desescalada.
- Esto es lo que debes saber sobre la Fase 2 de desescalada.
- Las actividades permitidas en la Fase 3 de desescalada.
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