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Abengoa solicita el concurso tras fracasar el acuerdo de refinanciación

Campus Palmas Altas, sede de Abengoa, en calle Energía Solar (2011) en Sevilla.
Campus Palmas Altas, sede de Abengoa, en calle Energía Solar (2011) en Sevilla.

Abengoa no ha podido poner en marcha el plan de reestructuración aprobado el pasado de mes de agosto. La compañía sevillana no ha logrado el apoyo para extender la firma de refinanciación y ha convocado esta mañana de manera urgente un consejo de administración. El resultado ha sido el esperado: la compañía ha decidido solicitar el concurso voluntario de acreedores.

La medida se toma ante la “compleja situación y las cada vez mayores dificultares para alcanzar una solución que satisfaga a todos los grupos de interés con posiciones, hasta ahora, enfrentadas”, explica la compañía en su comunicación a la CNMV. El Consejo de Administración, añade, “sigue comprometido en buscar alternativas para evitar la inviabilidad de las sociedades filiales que desarrollan la actividad del grupo” con el objetivo de “preservar el empleo y minimizar la pérdida de valor”. La compañía pide así a “todos los que tienen intereses en la sociedad la máxima colaboración para evitar perjuicios definitivos”.

Abengoa ha presentado la solicitud de concurso esta tarde en el juzgado competente de Sevilla “al concurrir los supuestos de hecho previstos en la legislación concursal y considerando que esta medida es la más adecuada para salvaguardar los intereses de la sociedad y de los acreedores”.

La firma sevillana explicaba al regulador, y al mercado, en la mañana de este lunes que desde que firmó el plan de reestructuración el pasado mes de agosto se ha ido extendiendo el plazo de cierre de la operación, logrando los consentimientos necesarios para ello cada vez que llegaba el vencimiento de un plazo. A la vez, la compañía seguía buscando alternativas para su supervivencia “ante la no aportación de 20 millones de euros por la Junta de Andalucía”.

Sin embargo, este 19 de febrero cumplía el plazo de la última extensión y los acreedores no han dado un nuevo consentimiento para renovarla, con lo que el acuerdo de reestructuración ha quedado automáticamente resuelto y la operación de financiación no puede ser ya ejecutada.

Con la resolución automática del acuerdo de reestructuración dejan de estar en vigor tanto los consentimientos relacionados con el aplazamiento y renuncia de pago de determinados intereses, como los waiver y restricciones establecidos en el acuerdo respecto de los vigentes instrumentos financieros y de deuda.

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