Crisis del coronavirus

Fase 3 de desescalada: esto es lo que podrás hacer

Foto: Pablo Blazquez Dominguez/Getty Images

El Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad contempla cuatro fases de desescalada, cada una de ellas con una duración mínima de dos semanas y cuya normativa precisa será desarrollada mediante órdenes del Ministerio de Sanidad. Esto es lo que debes saber de la Fase 3 o avanzada que, previsiblemente, comenzará a mediados de junio:

ÁMBITO LABORAL

Protocolos de reincorporación presencial a las empresas para la actividad laboral (uso de EPIs y/u otras medidas de seguridad), con horario escalonado y garantías de conciliación.

ÁMBITO PERSONAL

  • Establecimiento de medidas para la protección específica de grupos vulnerables puntuales en el desarrollo de las medidas de alivio.
  • Contacto social para personas no vulnerables ni con patologías previas.
  • Velatorios para un número más amplio de personas, con protocolos de distancia física y seguridad.
  • Bodas para un número más amplio de asistentes.

SERVICIOS SOCIALES

Previsión de desescalada y revisión modelo de residencias de mayores.

CIENCIA INNOVACIÓN

  • Seminarios, congresos y ferias científicas o de innovación, respetando distancia social de más de 2 metros y menos de 80 personas, garantizando el cumplimiento de protocolos de seguridad.
  • Actividades de divulgación científico-técnica, talleres informativos, con las restricciones necesarias.

COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  • Se levanta la prohibición de utilización de las zonas comunes y zonas recreativas de los centros comerciales. Aforo limitado al 50%.
  • La distancia de seguridad se mantendrá en 2 metros.
  • Los mercados al aire libre/venta no sedentaria, podrán incrementar su actividad hasta alcanzar el 50% de los puestos o aumento de superficie que permita distancia similar entre puestos, a criterio de los ayuntamientos que deben garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre las personas.

HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS

  • Para locales, se extenderá el aforo de un máximo de 1/2 de su capacidad que garantice separación de clientes. Se permite gente de pie con separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra.
  • En terrazas: se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal. Podrían tener mesas si el ayuntamiento permite más espacio respetando la proporción mesas/superficie del 50%.
  • Discotecas y bares nocturnos con aforo máximo de 1/3.

HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

Apertura de zonas comunes limitadas a 1/2 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.

ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO

  • Las actividades con 1/3 de aforo en fase 2 podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase.
  • Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3.
  • Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
  • Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9m².
  • Actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
  • Turismo activo y de naturaleza.
  • Playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.

DEPORTE PROFESIONAL Y FEDERADO

Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas.

DEPORTE NO PROFESIONAL

  • Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo menos limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase.
  • Espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ej. pista de patinaje). Público limitado a 1 persona por cada 20m².
  • Partidos con un máximo de 1/3 aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores y actividades deportivas al aire libre o con un máximo de 1/3 del aforo de gimnasios, sin uso de vestuarios.

MOVILIDAD URBANA Y PERIURBANA

Todos los servicios de transporte público al 100%.

MOVILIDAD TERRESTRE DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA (FERROVIARIO Y EN AUTOBÚS)

Posible incremento de la ocupación de los vehículos (autobuses y trenes).

TRANSPORTE MARÍTIMO

  • Se elimina la limitación normativa de no embarcar pasajeros en los ferries, en función de la evolución de los parámetros sanitarios.
  • Se autoriza actividades náuticas de recreo.

*Esta previsión es orientativa y no tiene carácter exhaustivo. Las decisiones y fechas concretas sobre el efectivo levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos. El régimen común aplicable a todas las medidas también podrá ser adaptado, en función de la evolución de la pandemia o de otras circunstancias justificadas.

Más información:

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