El Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad contempla cuatro fases de desescalada, cada una de ellas con una duración mínima de dos semanas y cuya normativa precisa será desarrollada mediante órdenes del Ministerio de Sanidad. Esto es lo que debes saber de la Fase 3 o avanzada que, previsiblemente, comenzará a mediados de junio:
ÁMBITO LABORAL
Protocolos de reincorporación presencial a las empresas para la actividad laboral (uso de EPIs y/u otras medidas de seguridad), con horario escalonado y garantías de conciliación.
ÁMBITO PERSONAL
- Establecimiento de medidas para la protección específica de grupos vulnerables puntuales en el desarrollo de las medidas de alivio.
- Contacto social para personas no vulnerables ni con patologías previas.
- Velatorios para un número más amplio de personas, con protocolos de distancia física y seguridad.
- Bodas para un número más amplio de asistentes.
SERVICIOS SOCIALES
Previsión de desescalada y revisión modelo de residencias de mayores.
CIENCIA INNOVACIÓN
- Seminarios, congresos y ferias científicas o de innovación, respetando distancia social de más de 2 metros y menos de 80 personas, garantizando el cumplimiento de protocolos de seguridad.
- Actividades de divulgación científico-técnica, talleres informativos, con las restricciones necesarias.
COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- Se levanta la prohibición de utilización de las zonas comunes y zonas recreativas de los centros comerciales. Aforo limitado al 50%.
- La distancia de seguridad se mantendrá en 2 metros.
- Los mercados al aire libre/venta no sedentaria, podrán incrementar su actividad hasta alcanzar el 50% de los puestos o aumento de superficie que permita distancia similar entre puestos, a criterio de los ayuntamientos que deben garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre las personas.
HOSTELERÍA, RESTAURANTES Y CAFETERÍAS
- Para locales, se extenderá el aforo de un máximo de 1/2 de su capacidad que garantice separación de clientes. Se permite gente de pie con separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra.
- En terrazas: se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal. Podrían tener mesas si el ayuntamiento permite más espacio respetando la proporción mesas/superficie del 50%.
- Discotecas y bares nocturnos con aforo máximo de 1/3.
HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
Apertura de zonas comunes limitadas a 1/2 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.
ACTIVIDADES CULTURALES Y DE OCIO
- Las actividades con 1/3 de aforo en fase 2 podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase.
- Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3.
- Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
- Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9m².
- Actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
- Turismo activo y de naturaleza.
- Playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.
DEPORTE PROFESIONAL Y FEDERADO
Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas.
DEPORTE NO PROFESIONAL
- Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo menos limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase.
- Espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ej. pista de patinaje). Público limitado a 1 persona por cada 20m².
- Partidos con un máximo de 1/3 aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores y actividades deportivas al aire libre o con un máximo de 1/3 del aforo de gimnasios, sin uso de vestuarios.
MOVILIDAD URBANA Y PERIURBANA
Todos los servicios de transporte público al 100%.
MOVILIDAD TERRESTRE DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA (FERROVIARIO Y EN AUTOBÚS)
Posible incremento de la ocupación de los vehículos (autobuses y trenes).
TRANSPORTE MARÍTIMO
- Se elimina la limitación normativa de no embarcar pasajeros en los ferries, en función de la evolución de los parámetros sanitarios.
- Se autoriza actividades náuticas de recreo.
*Esta previsión es orientativa y no tiene carácter exhaustivo. Las decisiones y fechas concretas sobre el efectivo levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos. El régimen común aplicable a todas las medidas también podrá ser adaptado, en función de la evolución de la pandemia o de otras circunstancias justificadas.
Más información:
- Esto es lo que debes saber de la Fase 0 de desescalada.
- Todo lo que podrás hacer en la Fase 1 de desescalada.
- Las actividades que se podrán retomar en la Fase 2 de desescalada.
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