La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de Telefónica por la multa impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por conductas anticompetitivas junto a DTS (Canal+) en las emisiones de la Liga de Campeones entre 2012 y 2015.
El Supremo analizará las pruebas de la CNMC para llegar a la conclusión de que ambas empresas actuaron de forma concertada en la adquisición, reventa y explotación de los derechos audiovisuales, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
La multa de 15,5 millones de euros impuesta a las dos empresas la tendrá que asumir Telefónica al completo, ya que adquirió a la dueña de Canal+. El caso llega al Supremo después de que la Audiencia Nacional desestimara el recurso de la empresa de telecomunicaciones.
El operador subraya que se ha realizado una «valoración ilógica, irracional y arbitraria de pruebas indiciarias» para acreditar lo probado por parte de la CNMC.
De su lado, el regulador señala que Canal+ lanzó varios procesos de comercialización de derechos con amplias barreras de entrada y plazos ajustados, lo que habría facilitado que Telefónica fuera el adjudicatario.
En el periodo denunciado por la CNMC, Telefónica contaba con dos consejeros en DTS y ya era accionista. Sin embargo, el operador ha señalado que las actas de los consejos de administración de la dueña de Canal+ recogen que no se informaría de las condiciones, ni el precio a ofertar para evitar conflictos a accionistas de la empresa– entre los que estaban Telefónica y Mediaset en ese momento–.
En los últimos meses, Telefónica se ha impuesto a la CNMC en varios conflictos a raíz de sanciones que han terminado llegando en el Supremo. El más reciente es la rebaja desde los 3 millones de euros a 50.000 euros de una multa impuesta por el regulador por incumplir algunas obligaciones mayoristas.