La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha
autorizado la compra de Zankyou por parte de Wedding Planner, sujeta al cumplimiento de una serie de compromisos, entre ellos el compromiso de la segunda de no imponer exclusividades a los usuarios comerciales de sus plataformas.

Una vez concluida la investigación, el organismo presidido por Cani Fernández considera que los compromisos que ha presentado Wedding Planner son suficientes para solucionar los problemas que esta concentración supone para la competencia.

De acuerdo con la investigación de la CNMC, antes de la operación los usuarios de las partes estaban presentes simultáneamente en varias plataformas y no estaban extendidas las estrategias de exclusividad.

Sin embargo, con la operación, Wedding Planner reforzaría su capacidad e incentivo para imponer exclusividades a los usuarios comerciales de sus plataformas.

La imposición de exclusividades limitaría, según la CNMC, la capacidad de los competidores para crecer o entrar en el mercado, ya que no podrían acceder a los principales usuarios comerciales.

Mientras las partes no empleen políticas de exclusividades, la CNMC considera que la operación no comporta riesgos de subida de precios para los usuarios comerciales, dado que varios factores los mitigarían (la presión competitiva ejercida por otras plataformas especializadas en bodas, por competidores potenciales y por otros operadores como buscadores generalistas o redes sociales).

COMPROMISOS PROPUESTOS POR WEDDING PLANNER

La CNMC ha considerado suficientes los compromisos propuestos por Wedding Planner para mitigar los riesgos para la competencia:
no inclusión de cláusulas o incentivos de exclusividad en los contratos con usuarios comerciales que empleen los servicios de las plataformas especializadas en bodas de las partes en España; no penalizar a sus usuarios comerciales por emplear servicios de terceros y comunicar los compromisos a sus usuarios comerciales.

Los compromisos están dirigidos a facilitar el desarrollo de plataformas en línea alternativas, evitando que relaciones de exclusividad formales o de facto con los usuarios comerciales impidan el crecimiento de competidores alternativos.