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El Gobierno limita a 315 millones al año el gasto para controlar la incapacidad temporal entre 2025 y 2028

El Consejo de Ministros ha autorizado este martes los límites para adquirir nuevos compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para permitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la tramitación anticipada de los convenios con las Comunidades Autónomas de régimen común e Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) para el control de la incapacidad temporal para los años 2025 a 2028, con un importe de 315,02 millones de euros para cada uno de los ejercicios.

No obstante, para el año 2025, hay comprometido hasta la fecha 1,65 millones de euros, por lo que el nuevo compromiso aprobado tras el Consejo de Ministros de este martes elevaría el total del compromiso para el próximo año a 316,67 millones de euros.

Los convenios actualmente vigentes, suscritos entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las Comunidades Autónomas — excluidas las del País Vasco y Navarra — e Ingesa, por una duración inicial de dos años (2021-2022) fueron prorrogados y modificados para los ejercicios 2023 y 2024. Estando próxima la finalización de los mismos, el INSS va a elaborar nuevos convenios con las comunidades de régimen común e Ingesa para los años 2025 a 2028.

El presupuesto para 2024 — prorrogado del 2023– del concepto ‘Otras transferencias corrientes’, a nivel de vinculación, grupo de programas 11 ‘Gestión de prestaciones económicas contributivas’, es de casi 335,73 millones euros.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social es la entidad gestora competente para gestionar y controlar la prestación de incapacidad temporal de todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto del régimen de Trabajadores del Mar, que corresponde al Instituto Social de la Marina.

Por su parte, las Comunidades Autónomas gestionan la asistencia sanitaria de la Seguridad Social y, a través de los facultativos de los Servicios Públicos de Salud, extienden los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta, que determinan el inicio y la duración de los procesos de incapacidad temporal en su territorio.

Asimismo, las comunidades, a través de la Inspección Médica del Departamento de Salud correspondiente, participan junto con las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social en la responsabilidad de controlar la prestación de incapacidad temporal.