El nuevo tributo de Solidaridad de las Grandes Fortunas, más conocido como el impuesto a los ricos, está previsto que se aplique en el actual ejercicio fiscal de 2022. Solo gravará los patrimonios de más de tres millones de euros con tramos que van del 1,7% al 3,5% y que se imponen en función del patrimonio de la persona.
El objetivo de esta medida es conseguir ingresos fiscales adicionales gravando la fortuna de aquellos contribuyentes que no pagan el impuesto sobre el patrimonio porque viven en comunidades autónomas donde está bonificado.
Y, dentro de este grupo, como el impuesto sobre el patrimonio es competencia de cada comunidad autónoma, hay regiones como Madrid donde no se paga porque hay una deducción del 100%, mientras que en otras como Galicia se reduce al 25% y otras donde sí hay que pagarlo como Cantabria, Baleares o La Rioja.
A efectos prácticos, el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas afectará realmente a quienes tengan un patrimonio superior a 3,7 millones de euros, ya que se establece un mínimo exento de 700.000 euros. Según la redacción propuesta, que previsiblemente se publicará en el BOE el 31 de diciembre para que se tenga que pagar con respecto al ejercicio 2022, este impuesto tendrá una vigencia temporal limitada a dos años, periodo tras el cual el Gobierno evaluará si lo prorrogan o lo suspenden.
Los elementos esenciales para determinar el nuevo impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas coincidirán con los del impuesto al patrimonio.
“En concreto, el patrimonio neto se determinará por la diferencia entre el valor de los bienes y derechos de que sea titular el contribuyente y se minorará por las cargas y gravámenes de naturaleza real y las deudas u obligaciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo”, explica el despacho Cuatrecasas en un reciente informe.
Por lo tanto, el importe efectivamente pagado por el impuesto sobre el patrimonio será deducible en el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas. Cabe destacar que la escala impositiva del 1,7% al 3,5% del impuesto sobre el patrimonio coincide exactamente con la escala impositiva prevista en la ley estatal del impuesto sobre el patrimonio.
Es importante hacer notar que la anterior escala es la ley estatal, pero cada comunidad autónoma tiene variaciones sobre el tipo aplicable en función de la base aplicable. Por ejemplo, en Extremadura el tipo aplicable es de 3,79% por encima de los 10,69 millones de base aplicable, mientras que el nuevo impuesto establece un 3,5% a partir de esa cantidad.
Mientras, en Cataluña, el tipo aplicable es del 2,75% a partir de 10,69 millones, es decir, un porcentaje inferior al 3,5% previsto. Por lo tanto, es aconsejable que cada persona que se vea afectada por el nuevo impuesto realice un estudio de su situación patrimonial en función de la comunidad en la que resida.
Con la intención de ayudar en este proceso, indicamos a continuación cómo se aplica el impuesto sobre el patrimonio en cada comunidad cuando se superan los tres millones de euros, que es cuando comienza el umbral establecido en el texto propuesto.
Andalucía
- El impuesto al patrimonio está bonificado al 100%, por lo que se aplicarán los tramos establecidos en el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas.
Aragón
- Sólo esta bonificado el impuesto sobre el patrimonio al 99% para las personas con discapacidad.
- Se aplica la escala estatal, por lo que podrán deducir en el impuesto sobre las grandes fortunas lo pagado en el impuesto sobre el patrimonio.
Asturias
- Bonificación del 99% en la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a bienes que forman parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente.
- La escala de Asturias es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 1,97%
- Hasta 5,3 millones — 2,48%
- Hasta 10,69 millones en adelante — 3%
Baleares
- Bonificación del 90% de bienes de consumo cultural.
- La escala de Baleares es:
- Hasta 2,7 millones — 2,35%
- Hasta 5,45 millones — 2,9%
- Hasta 10,9 millones en adelante — 3,45%.
Canarias
- No hay bonificaciones.
- Se aplica la escala estatal.
Cantabria
- No hay bonificaciones
- La escala de Cantabria es:
- Hasta 2,6 millones — 2,06%
- Hasta 5,3 millones — 2,54%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 3,03%.
Castilla-La Mancha
- No hay bonificaciones.
- Se aplica la escala estatal
Castilla y León
- Exención de bienes y derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente con discapacidad.
- Se aplica escala estatal.
Cataluña
- Bonificación del 99% de bienes y derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente con discapacidad. También hay bonificación del 95% para propiedades forestales.
- La escala de Cataluña es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 1,78%
- Hasta 5,3 millones — 2,02%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 2,75%.
Madrid
- Bonificado al 100%, por lo que se aplicarán los tramos establecidos en el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas.
Valencia
- No hay bonificaciones
- La escala de Valencia es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 2,12%
- Hasta 5,3 millones — 2,62%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 3,12%.
Extremadura
- No hay bonificaciones
- La escala de Extremadura es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 2,55%
- Hasta 5,3 millones — 3,15%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 3,75%.
Galicia
- Bonificación del 25%
- La escala de Galicia es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 1,7%
- Hasta 5,3 millones — 2,10%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 2,50%.
La Rioja
- No hay bonificaciones
- La escala de La Rioja es la siguiente:
- Hasta 2,6 millones — 1,7%
- Hasta 5,3 millones — 2,10%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 3,50%.
Navarra
- No hay bonificaciones
- La escala de Navarra es la siguiente:
- Hasta 2,48 millones — 1,36%
- Hasta 4,97 millones — 1,68%
- Hasta 9,95 millones en adelante— 2,0%.
País Vasco
- No hay bonificaciones
- La escala de País Vasco es la siguiente:
- Hasta 1,6 millones — 1%
- Hasta 3,2 millones — 1,5%
- Hasta 6,4 millones — 1,75%
- Hasta 12,8 millones en adelante— 2,0%.
Murcia
- Deducción 100% por aportaciones a proyectos de excepcional interés público regional.
- La escala de Navarra es la siguiente:
- Hasta 2,67 millones — 2,04%
- Hasta 5,34 millones — 2,52%
- Hasta 10,69 millones en adelante— 3,0%.