El salario mínimo interprofesional (SMI) vuelve al centro del debate laboral. CCOO y UGT reclaman que la remuneración mínima legal en España aumente al menos un 7% en 2027, hasta los 18.290,58 euros brutos anuales, frente a los 17.094 euros establecidos para 2026. La propuesta supondría un incremento de 1.196,58 euros al año para quienes perciban el salario mínimo por una jornada completa.
En términos mensuales, la cuantía pasaría de 1.221 a 1.306,47 euros brutos en 14 pagas, es decir, 85,47 euros más al mes. Si se distribuyera en 12 mensualidades, equivaldría a unos 1.524,22 euros brutos mensuales.
La petición la han anunciado este martes los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo, respectivamente, durante una rueda de prensa conjunta para presentar la huelga general convocada para el próximo 11 de noviembre. Los sindicatos todavía deben trasladar formalmente su propuesta al Ejecutivo.
La subida del 7% no está aprobada. Es la posición de partida de las dos principales organizaciones sindicales, que justifican su petición por la evolución de los precios y por el objetivo de que el salario mínimo alcance al menos el 60% del salario medio, en línea con la referencia de la Carta Social Europea.
De 735,90 a 1.221 euros: cuánto ha subido el SMI desde 2018
La propuesta para 2027 se entiende mejor al observar la evolución de los últimos años. En 2018, el salario mínimo era de 735,90 euros brutos mensuales en 14 pagas. En 2026 se sitúa en 1.221 euros, un incremento nominal acumulado del 65,9%.
El cambio más pronunciado llegó en 2019, cuando el Gobierno elevó el SMI un 22,3%, desde los 735,90 hasta los 900 euros mensuales. Desde entonces, las revisiones han mantenido una tendencia ascendente, aunque con porcentajes distintos en función del ejercicio.
Esta es la evolución de la cuantía mensual y de las subidas aplicadas:
| Año | SMI mensual en 14 pagas | Variación interanual |
|---|---|---|
| 2018 | 735,90 € | 4,0% |
| 2019 | 900 € | 22,3% |
| 2020 | 950 € | 5,6% |
| 2021 | 965 € | 1,6% |
| 2022 | 1.000 € | 3,6% |
| 2023 | 1.080 € | 8,0% |
| 2024 | 1.134 € | 5,0% |
| 2025 | 1.184 € | 4,4% |
| 2026 | 1.221 € | 3,1% |
| 2027 | 1.306,47 € | 7% solicitado |
Fuente: normativa del salario mínimo interprofesional. La cuantía de 2027 es la propuesta de CCOO y UGT, no una subida aprobada. Los porcentajes corresponden a las variaciones de las cuantías nominales respecto al año anterior; algunas revisiones entraron en vigor con efectos retroactivos o durante el ejercicio.
La tabla muestra que el crecimiento del salario mínimo no ha sido uniforme. Tras el incremento extraordinario de 2019, las subidas fueron más moderadas en 2020 y 2021, repuntaron en 2022 y 2023 y volvieron a situarse por debajo del 5% en 2025 y 2026.
En términos absolutos, el SMI ha aumentado 485,10 euros mensuales desde 2018. Si se aprobara la petición sindical para 2027, el incremento acumulado respecto a aquel año alcanzaría aproximadamente el 77,5%.
Estas cifras son nominales: reflejan el aumento de la remuneración mínima en euros, pero no descuentan el efecto de la inflación. Para valorar cuánto ha mejorado realmente el poder adquisitivo de los trabajadores es necesario comparar la evolución salarial con la de los precios y con otros costes básicos, como la vivienda, la alimentación y el transporte.
¿A cuántos trabajadores afecta la subida del salario mínimo?
El alcance del SMI es una de las claves de la negociación. Cuando el Gobierno actualiza esta referencia, las empresas deben garantizar que las personas empleadas a jornada completa perciban, como mínimo, la remuneración legal correspondiente. En las jornadas parciales, la cuantía se calcula proporcionalmente.
Para 2026, el Gobierno estimó que la subida del salario mínimo hasta los 1.221 euros mensuales beneficiaría a cerca de 2,5 millones de trabajadores. Esta cifra permite dimensionar el alcance de la medida actual, pero no debe confundirse con una estimación de los beneficiarios de la propuesta del 7% para 2027, para la que todavía no hay una cifra oficial definitiva.
El impacto tampoco se limita a quienes cobran exactamente el SMI. La revisión puede obligar a actualizar salarios que quedan por debajo del nuevo mínimo legal, aunque el efecto concreto depende de la retribución total computable, de la jornada y de las reglas de compensación y absorción aplicables. Por ello, no todos los trabajadores con salarios próximos al mínimo recibirían automáticamente una subida del mismo porcentaje.
La distribución de los beneficiarios también es relevante. En las revisiones anteriores, las mujeres y los trabajadores jóvenes han tenido una presencia destacada entre quienes perciben las remuneraciones más bajas. En consecuencia, la actualización del SMI tiene implicaciones tanto para los ingresos de los hogares como para las diferencias salariales entre colectivos.
El dato definitivo para 2027 dependerá de la cuantía que finalmente apruebe el Gobierno y de las estimaciones que se elaboren durante el proceso de negociación.
Por qué los sindicatos reclaman un 7%
CCOO y UGT sostienen que la subida del 3,1% aplicada en 2026 no ha compensado suficientemente la evolución de los precios. Pepe Álvarez ha situado el desfase en torno a los dos puntos porcentuales y ha defendido que el incremento del próximo año alcance, como mínimo, el 7%.
El argumento se produce en un contexto de repunte de la inflación. En la reunión del comité asesor del SMI celebrada el 8 de octubre, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, pidió a los expertos que tuvieran en cuenta el encarecimiento de los precios, la evolución de los márgenes empresariales y el avance de la productividad.
La ministra también ha mantenido como referencia que el salario mínimo represente al menos el 60% del salario medio, además de evitar una pérdida de poder adquisitivo. Este será uno de los criterios que deberá considerar la comisión asesora antes de presentar su recomendación.
La discusión, por tanto, no se limita a decidir si el SMI sube un 3%, un 5% o un 7%. También consiste en determinar qué incremento permite mantener el poder de compra de los salarios más bajos y cómo debe repartirse el coste entre trabajadores, empresas y economía en su conjunto.
Los próximos pasos: el comité de expertos debe presentar su propuesta
La siguiente fase corresponde a la Comisión Asesora para el Análisis del SMI, el órgano técnico que estudia la evolución de los salarios y de la economía para orientar la decisión del Gobierno.
Yolanda Díaz le ha encargado que presente su propuesta para 2027 antes de finales de octubre o a comienzos de noviembre, como máximo. La comisión deberá considerar, entre otros elementos, la inflación, la evolución de los salarios, la productividad y el objetivo de que el SMI represente al menos el 60% del salario medio.
A partir de ahí, el proceso seguirá tres pasos fundamentales.
1. El informe de los expertos. La comisión elaborará su recomendación técnica. Su función es aportar una referencia fundamentada para la actualización, no fijar por sí misma la cuantía definitiva.
2. La mesa de diálogo social. Una vez recibido el informe, el Ministerio de Trabajo abrirá la negociación con las organizaciones sindicales y empresariales. CCOO y UGT defenderán su propuesta del 7%, mientras que la patronal podrá plantear sus propios argumentos sobre el incremento y su impacto en los costes laborales.
3. La decisión del Gobierno. El Ejecutivo deberá determinar la cuantía final y aprobarla mediante la correspondiente norma, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. La recomendación de los expertos no obliga al Gobierno a aceptar exactamente el porcentaje que planteen.
Trabajo quiere acelerar el procedimiento para que las empresas conozcan la cuantía aplicable el 1 de enero de 2027. Sin embargo, la ministra no ha garantizado que la aprobación se produzca antes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre.
La patronal, ante una nueva negociación del coste laboral
La propuesta sindical abre un nuevo frente de negociación entre el Gobierno, las organizaciones de trabajadores y la patronal. Una subida del 7% elevaría el mínimo legal en más de 85 euros brutos mensuales en 14 pagas y aumentaría la remuneración anual mínima en casi 1.200 euros.
Para las empresas que ya pagan salarios por encima del nuevo umbral, el impacto no sería necesariamente equivalente al porcentaje de subida del SMI. La obligación consiste en garantizar el mínimo legal en los términos establecidos por la normativa, teniendo en cuenta la jornada y las reglas aplicables a la remuneración total. El efecto dependerá, por tanto, de la estructura salarial de cada compañía y de los convenios colectivos correspondientes.
La negociación también se desarrollará en un contexto de debate sobre la compensación y absorción de complementos salariales. CCOO y UGT han reclamado que el Gobierno modifique la regulación para impedir que determinados pluses neutralicen el efecto de las subidas del salario mínimo. Esta cuestión constituye una reivindicación adicional y no debe confundirse con la petición concreta del 7%.
La patronal todavía deberá fijar y trasladar su posición sobre la propuesta de 2027. Su respuesta será uno de los elementos que habrá que seguir en las próximas semanas, junto con las conclusiones de los expertos y el calendario que establezca Trabajo.
Por ahora, la cifra sobre la mesa es la que han defendido los sindicatos: 18.290,58 euros brutos anuales, frente a los 17.094 euros de 2026. La cuantía definitiva dependerá del informe técnico, del diálogo social y de la decisión que adopte el Gobierno.

