Según publica este lunes el Boletín Oficial del Estado (BOE), la sanción del supervisor bursátil se fundamenta en el incumplimiento de la normativa sobre abuso de mercado, al haberse remitido datos incorrectos a través de la comunicación de ‘Otra Información Relevante’ «de los resultados de Soltec en el ejercicio 2023 con información incorrecta».
En concreto, la infracción cometida está tipificada en el artículo 297.1.e), en relación con el 297.2.d), de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, por el incumplimiento de lo establecido en el artículo 17, en relación con el artículo 7, ambos del Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso de mercado.
El organismo supervisor ha hecho pública esta sanción, adoptada mediante Resolución del Consejo de la CNMV del pasado 17 de julio, tras haber renunciado la empresa a la interposición de recursos en vía administrativa, lo que ha hecho que la multa devenga firme por dicha vía.
No obstante, la resolución dictada por el organismo únicamente es firme en vía administrativa, por lo que todavía es susceptible de revisión jurisdiccional ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

