Según defiende Bruselas en un comunicado, los edificios constituyen el mayor consumidor de energía en Europa y, por ello, esta reforma es «clave» para impulsar la actual tasa anual de renovación energética de la UE que es muy baja (1%), reducir las facturas de ciudadanos y empresas y la dependencia de la UE de los combustibles fósiles importados y lograr un parque de edificios con cero emisiones y totalmente descarbonizado para 2050.
La Directiva refundida establece nuevos requisitos sobre estándares mínimos de eficiencia energética para edificios no residenciales y trayectorias para la renovación progresiva de edificios residenciales, infraestructura para la movilidad sostenible y energía solar en edificios.
También prevé la creación de ventanillas únicas para el asesoramiento sobre renovación de edificios e incluye disposiciones sobre financiación pública y privada que harán que la renovación sea más asequible y viable.
Con el envío de una carta de emplazamiento a cada Estado miembro, la Comisión Europea marca el inicio del expediente sancionador y da un margen de dos meses para que las autoridades competentes tomen medidas para enmendar el incumplimiento y notifiquen a la Comisión Europea las correcciones.
Si la respuesta no satisface al Ejecutivo comunitario, este podrá decidir dar el siguiente paso en el procedimiento, que implica el envío de un dictamen motivado, con el que el Estado miembro cuenta con algo más de tiempo para el diálogo antes de que Bruselas decida si eleva el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para pedir una multa contra el país incumplidor.

