Los expertos contables pedirán al nuevo Gobierno un reconocimiento similar al de sus homólogos europeos, ya que la regulación de su figura profesional es muy distinta en España con respecto a los Estados del entorno, lo que sitúa al país en «una situación de desventaja competitiva».
«Siendo los servicios profesionales que prestan los expertos contables muy relevantes, se hace necesario un adecuado marco normativo que evite el posible intrusismo profesional y dé cobertura a los profesionales acreditados por las corporaciones profesionales», han insistido estos expertos durante la VI Jornada del Registro de Expertos Contables.
Según han puesto de relieve en la jornada, si bien los servicios que pueden ofrecer los expertos contables y su importancia son cada vez mayores, en España «sigue sin regularse esta figura» a diferencia de otros países del entorno.
Tal como ha resaltado el presidente del Registro de Expertos Contables, Francisco Gracia, los servicios empresariales que pueden prestar los expertos contables son cada vez mayores y carece de toda lógica que no se dote a los mismos de «un marco normativo razonable».
En su opinión, las habilidades de los expertos contables hacen que cada vez sean más demandados en áreas como la sostenibilidad, el blanqueo de capitales, la ciberseguridad, el análisis de datos, la inteligencia artificial o el apoyo en la gestión financiera.
«En la era de la desinformación, la información empresarial consistente y comparable se configura como una necesidad a promover pues aporta seguridad a los mercados financieros y a las economías en general», han reiterado.
UNA PROFESIÓN REGULADA EN DIECINUEVE ESTADOS DE LA UE
De su lado, el presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, ha recordado que la propia Comisión Europea, en una Comunicación relativa a las recomendaciones para la reforma de la regulación de los servicios profesionales ha puesto de manifiesto que los contables y asesores fiscales son un grupo especialmente diverso de profesionales, con notables diferencias entre los Estados miembros en cuanto a la organización de las profesiones en este ámbito y en lo que se refiere a la normativa correspondiente.
Así, una o varias profesiones de este ámbito están reguladas en diecinueve Estados miembros –entre los que no se encuentra España–, bien mediante reservas de actividades y título protegido (Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Rumanía); mediante reservas de actividades (Bulgaria, Croacia, Chequia, Eslovaquia y Hungría), o solo mediante la protección del título profesional (Grecia, Irlanda, los Países Bajos, Polonia y el Reino Unido).