Economía

El Gobierno moderniza la normativa de inversiones para reducir trabas administrativas y plazos de resolución

El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Real Decreto de Inversiones Extranjeras en España que, entre otros asuntos, permite al inversor reducir las cargas y posibles trabas administrativas, al mismo tiempo que pone sobre la mesa el recorte de los plazos de respuesta y de resolución.

En concreto, el plazo de resolución pasa de los seis meses actuales a tres meses. Aparte, se prevé la posibilidad de consulta voluntaria, vinculante para la Administración y con un plazo de respuesta de 30 días hábiles.

Además, el nuevo Real Decreto de Inversiones establece el tipo de empresas extranjeras y de operaciones que necesitan o no solicitar una autorización de inversión a la Administración, lo que mejora la predictibilidad de la norma. Del mismo modo, se establecen una serie de exenciones al régimen de autorización previa.

Según han explicado desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el resultado es una normativa de control de inversiones españolas «clara, predecible y con mayor seguridad jurídica».

«La atracción de inversiones extranjeras a España ha sido un elemento fundamental en el impulso de la modernización de la economía y en la creación de empleo productivo, estable y de calidad», ha señalado el ministro del ramo, Héctor Gómez.

Otra de las mejoras incluidas afecta a la calidad de las estadísticas del Registro de Inversiones Exteriores, al adaptar la normativa al estándar mundial, que está contenida en la ‘Definición Marco de Inversión Exterior Directa’ de la OCDE.

DEMANDA DE EMPRESAS E INVERSORES

El nuevo Real Decreto de Inversiones desarrolla el régimen de control de inversiones que fue implantado a través de la introducción del artículo 7bis de la Ley 19/2003 en marzo de 2020 y suponía una de las principales demandas de los empresas e inversores.

Para el control de las inversiones extranjeras era necesario promulgar un nuevo Real Decreto que desarrollara el marco normativo nacional que cambió con la introducción del artículo 7 bis de la Ley 19/2003 en 2020, que suspende el régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España que quedan sujetas a autorización previa.

En segundo lugar, el Real Decreto permite adaptar la normativa española a la normativa comunitaria en este ámbito de control de inversiones, el Reglamento de control de Inversiones de la Unión Europea que entró en vigor en octubre de 2020. Este establece un marco reglamentario para los mecanismos de control de inversiones extranjeras procedentes de fuera de la UE en los Estados miembros por motivos de seguridad y orden público.