Economía

Una restauradora asturiana consigue superar la insolvencia

(Información remitida por la empresa firmante)

Oviedo, 29 de mayo de 2023.

Un tribunal de justicia concede la exoneración de sus deudas a María Azucena, representada por Empieza de Cero. Ahora podrá retomar su vida cotidiana sin adeudar nada a sus acreedores

La resolución del tribunal

*El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, cuyo magistrado es*Miguel Álvarez-Linera Prado, decide liberar de lo que debe a Azucena en auto publicado en abril de 2023. Tras la*petición y después de comprobar que se daban todos los condicionantes para ello, dictamina la exoneración de sus deudas para la*representada.

Asimismo, en su escrito señala que*no cabe recurso*contra su resolución por parte de los acreedores.

El procedimiento

*Cuando Azucena pidió apoyo legal, solicitaron*concurso sin masa*ante el Juzgado que atiende este tipo de asuntos. Esta modalidad de concurso, antes conocido como exprés, viene regulado en los*artículos 37 bis y siguientes*del*Texto Refundido de la Ley Concursal*por el que se modificaban estos procesos.

El concurso sin masa simplifica los trámites para auto exonerar de sus deudas a autónomos y particulares siempre que cumplan ciertos requisitos. Básicamente, estos exigen que el concursado no tenga bienes embargables o que sean insuficientes para cubrir sus deudas.

El juez Álvarez-Linera aceptó la*solicitud y puso en marcha los pasos que requiere este tipo de concurso. Así, informó a los acreedores de que podían nombrar un*administrador concursal*con la misión de ver si Azucena había realizado actos contra la masa activa. Es decir, si había obrado de mala fe ocultando o vendiendo propiedades.

Sin embargo, las entidades a las que debía el dinero no han realizado ninguna de estas acciones*ni se han opuesto a la liberación de deudas. A la vista de ello, el magistrado comprobó que no existían circunstancias que impidiesen la auto exoneración de María Azucena. La ley señala al respecto que no pueden acogerse a esta solución quienes hayan sido condenados por delitos económicos en los diez años anteriores a la petición. Tampoco podrán hacerlo los que incurran en concurso culpable u obren de mala fe.

Antecedentes del caso

*Azucena había pedido varios préstamos para reformar un local y abrir un negocio de restauración en Oviedo. Sin embargo, debido a la crisis económica del momento, este no fructificó y la*representada se vio envuelta en deudas. A la vez, para satisfacerlas solicitó*nuevos créditos*que no hicieron sino aumentar lo que debía. Ante su compleja situación económica, llegó a los profesionales de Empieza de Cero para que solicitaran*la exoneración de sus deudas.

Una vez estudiado su caso, vieron*que el pasivo pendiente con sus acreedores ascendía a*18.184,75 euros. Asimismo, no tenía deudas con las Administraciones públicas, algo muy importante para el procedimiento. Esa cuantía se adeudaba a diferentes*entidades de crédito. Entre ellas, BBVA, Banco Sabadell o Cofidis. Así, procedieron*a solicitar el concurso sin masa que ahora la exonera.

En conclusión, de esta forma, Azucena*queda liberada de sus deudas*y, gracias al trabajo de los profesionales que componen*Empieza de Cero, puede comenzar de nuevo sin deudas.

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