Este texto, que reúne las normas de funcionamiento, composición y responsabilidades del máximo órgano de administración de la empresa de tecnología y defensa, recoge el deber de comunicación previa de los consejeros al presidente, Ángel Simón, y al secretario, José María de Paz, sobre cualquier situación de conflicto directa o indirecta.
Esta regla supone un cambio respecto al reglamento publicado el pasado mes de julio, donde se explicaba que estos posibles conflictos debían ser notificados al consejo de administración, pero no se especificaba a qué figuras.
Asimismo, deben comunicar, debiendo avisar con carácter previo si son propuestos para un nuevo cargo exterior, los cargos u ocupaciones retribuidas en otros consejos o entidades. Igualmente, tienen que informar de las acciones u opciones sobre acciones de Indra de las que sean titulares, tanto directa como indirectamente.
En relación a esta norma, el documento también señala que para asegurar una dedicación «adecuada» los consejeros ejecutivos solo pueden pertenecer como máximo a otros dos consejos de sociedades cotizadas, mientras que los consejeros no ejecutivos tienen un límite de hasta cuatro consejos adicionales en cotizadas.
Cabe recordar que la crisis de gobernanza en Indra, que se saldó con el nombramiento de Ángel Simón como presidente de la multinacional y de Josep María Recasens como consejero delegado, comenzó con el conflicto de interés que se daba al promover la fusión de la firma con la madrileña Escribano Mechanical & Engineering (EM&E), empresa familiar del que era entonces presidente de Indra, Ángel Escribano.

