La medida, adoptada por el Consejo de la UE, supone la sexta actualización de la directiva sobre agentes carcinógenos, mutágenos y sustancias tóxicas para la reproducción, con el objetivo de adaptar los límites de exposición profesional a los últimos avances científicos y reducir los riesgos para la salud de los empleados.
En concreto, las nuevas disposiciones establece nuevos topes para el cobalto y sus compuestos inorgánicos, empleados en la producción de baterías; los hidrocarburos aromáticos policíclicos, presentes en actividades relacionadas con el acero, el hierro y el aluminio; y el 1,4-dioxano, utilizado en las industrias química y textil.
Asimismo, la revisión incorpora los humos de soldadura al anexo de la directiva que identifica las sustancias, mezclas y procesos sujetos a sus disposiciones, con el fin de reforzar la protección de los trabajadores expuestos a estos agentes durante su actividad profesional.
La reforma establece además medidas adicionales para aquellos casos en los que no sea posible reducir la presencia de estos agentes por debajo de los máximos fijados, entre ellas el uso de equipos individuales como dispositivos de protección respiratoria y el derecho a realizar pausas periódicas en zonas libres de riesgo de contaminación.
También contempla garantías específicas para bomberos y otros profesionales de los servicios de emergencia por su posible contacto durante el trabajo con distintos materiales peligrosos, además de reforzar la formación de quienes puedan estar expuestos a agentes cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción.
Estas obligaciones se extienden al manejo de determinados medicamentos peligrosos, incluidos aquellos que pueden causar daños al personal sanitario si no se manipulan o administran de manera adecuada.
La aprobación del Consejo completa la tramitación legislativa de esta modificación, que entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, a partir de la cual los Estados miembro dispondrán de un plazo de dos años para incorporar las nuevas disposiciones a sus respectivas legislaciones nacionales.

