El Ministerio ha publicado una orden por la que se determina la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión. Esta orden resuelve esta clasificación, que todavía estaba pendiente de ser definida.
«Con el desarrollo de esta orden se pretende clarificar las diferentes vocaciones inversoras, fijando una definición para cada una de ellas. Esto permitirá agrupar aquellos fondos con características similares en cuanto a política de inversión lo que redundará en una mejor comparabilidad de los fondos por parte de los partícipes», recoge el texto publicado por Economía.
Las tipologías elegidas son las mismas que se usan para los fondos de inversión: monetario, renta fija euro a corto plazo, renta fija euro, renta fija internacional, renta fija mixta euro, renta fija mixta internacional, renta variable mixta euro, renta variable mixta internacional, renta variable internacional, fondo de pensiones que replica un índice, fondo de pensiones con objetivo de rentabilidad no garantizado, garantizado de rendimiento fijo, garantizado de rendimiento variable, de garantía parcial, de retorno absoluto y global.

