La demanda, impulsada por el sindicato Fuerza Independiente Sindical de Trabajadores-Fist, solicita la nulidad del despido colectivo al considerar que se vulneraron varios derechos fundamentales de los trabajadores, ha informado el TSJC en un comunicado este martes.
Entre ellos, la parte demandante considera que se vulneró el derecho de reunión de la plantilla respecto de la convocatoria de una asamblea, que no se respetó el periodo de consultas ni las reglas de la buena fe por no existir ánimos de negociar y por no aportarse la información exigida durante los periodos de consulta.
Además, señala que el despido colectivo pudo ser «reactivo» a las numerosas demandas planteadas por los trabajadores de la plantilla.
1.200 RECLAMACIONES
En el procedimiento figuran como demandadas las sociedades vinculadas a Telus International, CCC Barcelona Digital Services SLU y Meta, al considerar que esta última no puede quedar al margen de una decisión que afectó a la totalidad de la plantilla que prestaba servicios de moderación en Barcelona.
En un comunicado, la parte demandante atribuye a estas empresas la decisión de trasladar estos servicios de moderación a Austria, Alemania y Eslovaquia a través de la estructura transnacional de Telus, no por una causa extintiva real, sino por una «estrategia para deshacerse de la plantilla y eludir la litigiosidad existente en el Estado español».
En este sentido, sostiene que, antes del despido colectivo, había más de 1.200 reclamaciones pendientes relacionadas con una presunta discriminación salarial por razón de la lengua de trabajo, así como por presuntos daños derivados de deficiencias en materia de prevención de riesgos laborales y salud mental.
El juicio permitirá esclarecer si el cierre del centro en Barcelona y el trasladado de la actividad fue una decisión empresarial legítima o si se utilizaron «sociedades interpuestas y una estructura societaria internacional para impedir o dificultar la efectividad de los derechos de las personas trabajadoras y de sus reclamaciones judiciales».
Si la demanda fuese estimada se podría declarar la nulidad de los despidos y la readmisión de la plantilla, un impacto económico que la parte demandante cifra en más de 90 millones de euros.

