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TYC Narcea deberá devolver 31,24 millones por ayudas recibidas al cierre de minas de carbón

La empresa TYC Narcea deberá devolver un total de 31,24 millones de euros en ayudas públicas concedidas en su momento para facilitar el cierre de minas de carbón no competitivas si pretende retomar la extracción en la zona.

Según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), el Instituto para la Transición Justa (ITJ) ya ha remitido la propuesta de resolución provisional tras comprobar mediante informes técnicos y jurídicos el solapamiento de infraestructuras con el proyecto anterior beneficiario de los fondos europeos de clausura.

En concreto, el Instituto para la Transición Justa (ITJ), ha remitido a TYC Narcea la propuesta de resolución provisional relativa al procedimiento administrativo para la devolución de las ayudas concedidas.

Según el Miteco, el análisis de los planes de labores de la antigua empresa y los de TYC Narcea revelarían que «hay elementos solapados, en determinados espacios e infraestructuras, que vincularían el nuevo proyecto con el anterior», que fue el que recibió ayudas públicas precisamente para el cierre de la actividad minera.

En consecuencia, y de acuerdo con la normativa comunitarial, corresponde al ITJ solicitar la devolución de la totalidad de las ayudas para el cierre recibidas en su momento por la explotación.

El ITJ ha remitido la propuesta a la empresa en los plazos previstos, al objeto de que pueda hacer las alegaciones oportunas, «siguiendo un procedimiento garantista». El ITJ estudiará estas alegaciones antes de emitir una Resolución definitiva.

Según las mismas fuentes, la propuesta «cuenta con respaldo jurídico, técnico y europeo» y se apoya en dos informes de la Abogacía General del Estado, en informes técnicos externos sobre las explotaciones y en las consultas mantenidas con los servicios de la Comisión Europea y la comunicación recibida al respecto.

La propuesta concluye que, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 7/2021, la reanudación de la actividad minera exigiría devolver las ayudas públicas concedidas para el cierre. «En ningún caso se trata de una sanción a la empresa, sino de una condición legal para reanudar la actividad», han matizado.

Así, han explicado que la normativa europea establece que, si una unidad beneficiaria no cierra en la fecha prevista, o se pretende su reapertura posterior, deben recuperarse todas las ayudas concedidas durante el periodo cubierto por el Plan de Cierre. El ITJ adoptará una Resolución definitiva tras recibir las correspondientes alegaciones a su propuesta.