Según la plataforma gubernamental ‘El Peruano’, dicho beneplácito está sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones debido a que la transacción incluye cláusulas que podrían restringir la competencia en las rutas de Lima-Miami y Cuzco-Miami.
Durante la segunda fase de evaluación, el Indecopi recopiló información adicional y evaluó diversos elementos, como el cambio estructural, la dinámica de estos mercados, la cercanía competitiva entre las aerolíneas y las condiciones para el ingreso y expansión de competidores.
Como resultado, se descartó una «restricción significativa» de la competencia en dichos itinerarios, aunque el Indecopi sí se pronunció respecto de las cláusulas de no competencia (‘non-compete’) y no captación de trabajadores (‘non-solicitation’) dado que podían restringir la competencia más allá de lo necesario.
El organismo regulador dispuso que estas disposiciones estén acotadas en cuanto a duración y alcance, de manera que puedan ser consideradas «restricciones accesorias» a la operación.
«Abra deberá acreditar que estas modificaciones hayan sido incorporadas en la versión definitiva de los documentos de la transacción. Estas condiciones recogen los compromisos presentados por Abra y aceptados por la Comisión», ha resumido el Indecopi.

