El tercer borrador del Código de Buenas Prácticas de la UE para la Inteligencia Artificial de Propósito General ha suscitado críticas por parte de artistas, creadores y gobiernos, quienes consideran que el documento no protege adecuadamente los derechos de autor y carece de mecanismos efectivos de supervisión.
El Código de Buenas Prácticas es una herramienta provisional incluida en el marco de la Ley de Inteligencia Artificial. Su función es facilitar la transición entre la entrada en vigor de las obligaciones para los proveedores de modelos de IA de propósito general (IAPG) y la futura adopción de normas armonizadas a nivel europeo.
El proceso de redacción comenzó en octubre de 2024, tras una convocatoria pública de manifestaciones de interés. Más de mil participantes han participado aportando comentarios a tres versiones distintas del borrador. Entre los colaboradores se encuentran proveedores de modelos GPAI, intermediarios, asociaciones comerciales, investigadores, expertos independientes y organizaciones de la sociedad civil.
El Código se estructura en tres secciones. Las dos primeras, dedicadas a la transparencia y a los derechos de autor, son de aplicación general a todos los proveedores de modelos GPAI. La tercera sección, centrada en la seguridad, solo se aplica a aquellos proveedores considerados de riesgo sistémico, un grupo reducido compuesto por entre cinco y quince empresas a nivel mundial. Cada sección define compromisos específicos y las medidas sugeridas para su cumplimiento.
Artistas y creadores consideran que el Código se basa en compromisos voluntarios insuficientes y ajenos a las prácticas contractuales habituales del sector. La ausencia de obligaciones vinculantes y de mecanismos de control efectivos deja en manos de las grandes tecnológicas la responsabilidad de proteger los derechos de los creadores. Tras dos versiones fallidas, este tercer borrador continúa con una fórmula que no resulta adecuada.
“La tercera versión del Código contiene defectos fundamentales; sería mejor no tener ninguno que adoptar este”, afirma la SGAE. La entidad advierte que el documento no establece un marco sólido para hacer valer los derechos de autores, intérpretes y otros titulares, ni garantiza el cumplimiento de la legislación sobre propiedad intelectual ni de la Ley de IA de la UE. Además, considera que el texto fija un estándar tan bajo que resulta ineficaz para la protección de los derechos culturales.
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) es una entidad sin ánimo de lucro que se dedica a la defensa y gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual en los ámbitos de la música, el audiovisual y las artes escénicas.
En una carta dirigida a la Comisión Europea, el gobierno estadounidense, solicita modificaciones sustanciales para hacer el texto más flexible, menos prescriptivo, más respetuoso con los secretos comerciales y alineado con el Reglamento de IA. También pide aclaraciones específicas sobre cómo se relaciona este Código con las normas europeas de derechos de autor.
Se cuestiona cómo se llevarían a cabo el control, la gestión de incidentes o el cumplimiento escalonado. Además, se advierte de una posible discriminación regulatoria hacia desarrolladores de IA, la mayoría radicados en EE. UU., por la carga excesiva que estas exigencias podrían representar limitar su capacidad de crecimiento.