La presentación de los productos de Gullón, según el tribunal, no representa un aprovechamiento de la reputación de Kraft, uno de los supuestos de la competencia desleal. Tampoco se aprecia riesgo de confusión entre los productos de las dos marcas, tras diez años de litigios de Kraft contra Gullón.
No obstante, la sentencia reconoce que puede producirse un “riesgo de vulgarización de la marca”, aunque niega que el hecho de que la mayoría de los consumidores identifique las galletas tipo sandwich con Oreo signifique que Kraft sea la única que las pueda comercializar.