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Estos son los requisitos de acceso a la prestación extraordinaria para autónomos afectados por el covid-19

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha acordado con las principales organizaciones de autónomos prorrogar las prestaciones para trabajadores por cuenta propia afectados por la crisis derivada del covid-19.
Autónomos. Foto: Michal Jarmoluk/Pixabay
Foto: Michal Jarmoluk/Pixabay

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha acordado con las principales organizaciones de autónomos prorrogar las prestaciones –que terminaban el 30 de septiembre– para trabajadores por cuenta propia afectados por la crisis derivada del covid-19

Dicho acuerdo, según han anunciado los presidentes de ATA y UPTA, Lorenzo Amor y Eduardo Abad, respectivamente, en sus cuentas de Twitter, mantiene la prestación extraordinaria de cese de actividad para los autónomos hasta el 31 de enero de 2021.

En el caso de esta prestación extraordinaria, se exigirá una caída de la facturación del 75% comparando el último trimestre 2019 con el último trimestre de 2021 y el límite de ingresos se subirá hasta el 75% del salario mínimo inteprofesional actual (965 euros al mes en 14 pagas).

Se mantienen además exoneraciones graduales para aquellos autónomos que venían disfrutando de algunas de las prestaciones hasta septiembre, que serán del 90% en el primer mes, del 75% en el segundo, del 50% en el tercero y del 25% en el cuarto mes. La prestación ordinaria se mantiene como hasta ahora.

Al mismo tiempo, el Gobierno ha acordado con las organizaciones de autónomos una prestación extraordinaria de cuatro meses de duración para los autónomos afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma.

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