En concreto, Competencia ha recordado que España ocupa el tercer puesto de la Unión Europea, con un total de 388 denominaciones e indicaciones protegidas.
Estos regímenes de calidad diferenciada, más conocidos como denominaciones de origen protegidas (DOP), indicaciones geográficas protegidas (IGP) o especialidades tradicionales garantizadas (ETG), identifican productos que tienen unas características específicas ligadas a su origen geográfico o a un modo de producción tradicional y aportan transparencia al mercado, permiten a los consumidores identificar productos con características específicas y refuerzan la competitividad de las pymes, especialmente en zonas rurales.
La CNMC ha señalado en sus informes que antes de aprobar normas vinculantes, se recomienda solicitar un informe a Competencia para evaluar su impacto y garantizar que no distorsionen la competencia.
De esta forma, considera que estas medidas deben estar «justificadas, tener una duración limitada, definir claramente a los sujetos obligados y evitar el intercambio de información comercialmente sensible».
Además, recomienda mantener el modelo vigente de delegación del control oficial, con «competencia abierta y transparente» entre distintos organismos de certificación y personas físicas cualificadas, mientras que propone «eliminar la exclusividad» de los consejos reguladores en funciones de verificación.
El órgano presidido por Cani Fernández sugiere aclarar quiénes están legitimados para participar y mejorar los criterios sobre la protección nacional transitoria mientras se espera la decisión de la Comisión Europea y recomienda que los pliegos sean analizados por la autoridad de competencia para prevenir restricciones indebidas de la competencia.
Por último, recomienda cambiar su diseño para aproximarse más a una declaración responsable, reduciendo cargas administrativas prescindibles y los tiempos de comercialización.
