
Comparte la necesidad de prevención, pero recomienda reforzar la evidencia empírica de ciertas medidas antitabaco
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado en un informe el proyecto de Real Decreto que regulará aspectos de la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco, y ha detectado que la futura norma incluye varias restricciones a la competencia, según ha informado este jueves el organismo en un comunicado.
El real decreto introduce dos novedades, que pasan, por un lado, por la prohibición de incluir aromatizantes o saborizantes distintos a los que confieran aroma y/o sabor a tabaco en los cigarrillos electrónicos, las bolsas de nicotina y productos a base de hierbas calentadas.
Por otro lado, introduce la apariencia uniforme o el etiquetado genérico para los cigarrillos y el tabaco de liar.
Así las cosas, el organismo presidido por Cani Fernández ha comentado que comparte «plenamente el objetivo de proteger la salud y prevenir el tabaquismo», pero ha detectado que el anteproyecto incluye varias restricciones a la competencia.
Por ello, la CNMC recomienda que las restricciones deberían ajustarse a los principios de buena regulación –necesidad, proporcionalidad, no discriminación– y sustentarse en razones de interés general debidamente identificadas y acreditadas.
Dado que las restricciones afectan a la libertad de empresa, deberían estar respaldadas en una norma con rango de ley, por lo que la CNMC ha sugerido «una reforma legal que ofrezca un respaldo indubitado a las medidas planteadas para los nuevos productos».
En cuanto al etiquetado genérico, la prohibición de sabores y aromas y la de comercializar bolsas de nicotina –más 0,99 miligramos cada sobre–, deberían ofrecerse evidencias empíricas para acreditar que se ajustan a los principios de buena regulación.
También se ha recomendado justificar adecuadamente que el periodo transitorio –entre 10 y 12 meses– es suficiente para que el sector se adapte a la norma.
Con todo, la CNMC ha indicado que puede actuar de oficio o a petición de las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las comunidades autónomas, las corporaciones locales, los colegios profesionales, las Cámaras de Comercio y las organizaciones empresariales y de consumidores y usuarios.