
MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Hacienda ha aprobado un real decreto para modificar una serie de normas tributarias que afecta a las obligaciones de información que tienen las entidades de crédito, según recogen las referencias del Consejo de Ministros de este martes.
La modificación se ha incluido en el real decreto centrado en modificar el IRPF por la deducción de maternidad.
En concreto, se ha decidido modificar el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT).
De esta forma, se ha actualizado la periodicidad del suministro de la información sobre cuentas y sobre los sistemas de gestión de cobros a los que se encuentren adheridos los empresarios y profesionales. Ahora, deberán ofrecer su información de manera mensual, a la vez que desaparece el umbral anual neto de 3.000 euros sobre esos cobros.
«En cualquier caso, la información de carácter económico en relación con las cuentas sólo habrá de facilitarse en la declaración correspondiente al último período mensual de cada año», recogen las referencias del Consejo.
Asimismo, sobre estos sistemas de gestión se ha introducido una modificación para incluir todo tipo de tarjetas y los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil.
Por otro lado, se ha decidido incluir en la lista de obligados a suministrar información a las entidades de pago y de dinero electrónico. Esto afectará a aquellas entidades que prestan servicios en España, incluidas las extranjeras, sea en régimen de establecimiento o de libre prestación de servicios. La modificación normativa contempla que se suministre información sobre todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias.
También se añade otra obligación informativa relativa a operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, por la que se deberá comunicar los abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos totales anuales. De esta relación quedan excluidas las tarjetas cuyos importes de cargos y de abonos en el año no hayan excedido de 25.000 euros.
Hacienda ha explicado que se han abordado estas modificaciones «con el fin de mejorar la lucha contra el fraude fiscal, la eficacia recaudatoria y la atención a los contribuyentes».