Con la llegada de la primavera comienza la cuenta atrás para el inicio de la campaña de la renta, en la que los ciudadanos españoles tendrán que declarar sus ingresos de 2021. Según el calendario publicado por la Agencia Tributaria, órgano de la Administración General del Estado, la campaña dará el pistoletazo de salida el próximo 6 de abril y finalizará el 30 de junio de 2022.
En este plazo, los contribuyentes podrán acceder al borrador de la declaración de la renta a través de la sede electrónica o en la aplicación móvil de la Agencia Tributaria en el botón que indica “RENTA 2021”.
Sin embargo, si se prefiere confeccionar la declaración de manera telefónica, solo será posible hacerlo a partir del 5 de mayo, solicitando previamente el día y la hora en los que se quiere que la Agencia Tributaria contacte, a través de los teléfonos de ayuda facilitados en la página web.
También habrá que pedir cita previa por teléfono (en el 901 22 33 44 o en el 91 553 00 71) en caso de que se quiera tramitar la declaración de forma presencial. Ahora bien, esta opción solo estará disponible a partir del 1 de junio.
Cómo identificarse para solicitar el borrador
El primer paso para solicitar el borrador de la declaración a través de Internet es, según el Manual práctico de Renta 2021 de la Agencia Tributaria, identificarse. Y para ello hay tres maneras diferentes de hacerlo.
La primera es a través del Certificado Digital, la Firma Electrónica o el DNI electrónico. Si se carece de este tipo de certificación, hay una segunda alternativa: hacerlo a través de la Cl@ve PIN, un sistema oficial de identificación y autenticación que permite realizar trámites online relacionados con las Administraciones Públicas durante un tiempo limitado, aunque puede renovarse. Para solicitarlo hay que registrarse en el sistema, ya sea acudiendo a alguna de las Oficinas de Registro del Gobierno o solicitando una carta de invitación en el portal de Cl@ve, que llegará por correo postal al domicilio fiscal y que incluirá un código de seguridad con el que luego hay que completar el registro online.
Un tercer modo es a través del número de referencia, que no deja de ser otro sistema de identificación que permitirá realizar las gestiones necesarias para la campaña. Esta última opción es un poco más compleja, por lo que desde el Ministerio de Hacienda recomiendan utilizar los dos métodos previos. Además, aquellos que este año opten por emplear el número de referencia tendrán que solicitar sí o sí uno nuevo, ya que la Agencia Tributaria no considera válidos los obtenidos en la campaña de 2019.
¿Pero cómo se obtiene la referencia? Vayamos paso por paso. Lo primero es acceder a la web de la Agencia Tributaria, entrar en el apartado de “RENTA 2021” y seleccionar el botón de “Obtenga su número de referencia”. En segundo lugar, se solicita que el contribuyente que no tenga certificado digital o Cl@ve PIN se identifique con la Casilla 505 de la declaración del ejercicio 2019, que representa la base liquidable general sometida a gravamen, como explicamos en este artículo.
Una vez seleccionada esta opción hay que proporcionar el DNI o NIE y la fecha de caducidad o el número de soporte del documento, además de la cifra de la casilla 505 de la campaña anterior. Cuando estén añadidos esos datos aparecerá en la pantalla la referencia con la que identificarse para solicitar el borrador de la declaración de la renta. ¿Y qué pasa si no se ha presentado la renta de 2019 o el importe de la casilla es cero? En esos casos, se pueden introducir en su lugar las cinco últimas posiciones del código IBAN de la cuenta bancaria del titular.
Últimos pasos para solicitar el borrador
Una vez el usuario se ha identificado a través de uno de los tres sistemas descritos anteriormente, todo se vuelve más sencillo. Solo hay que seleccionar dentro de la sección de “RENTA 2021” el “Servicio de tramitación de borrador/declaración”, donde se mostrarán los datos identificativos que se pueden modificar o, en caso de que esté todo correcto, confirmar.