Los técnicos del Ministerio de Hacienda han explicado a través de un comunicado que la ley orgánica prevé que, tras un primer rechazo, el Gobierno remita una nueva propuesta de dichos objetivos en el plazo máximo de un mes, pero la norma no precisa las consecuencias de un segundo rechazo como el producido la semana pasada.
A este respecto, Gestha ha recordado que la Abogacía del Estado concluyó en un informe de 2023 que el rechazo de los objetivos fiscales no impedía al Gobierno presentar los Presupuestos. Aunque el informe respondía a cómo proceder en 2024 tras la reactivación de las reglas fiscales, contiene criterios interpretativos que pueden proyectarse al Presupuesto de 2027, al no tener objetivos aprobados: el proyecto debería ajustarse a los límites del artículo 135 de la Constitución y al Programa de Estabilidad valorado favorablemente por el Consejo de la Unión Europea.
No obstante, los técnicos de Hacienda señalan que no hay consenso en esta interpretación, pues un sector doctrinal mantiene que la aprobación parlamentaria prevista en el artículo 15 de la Ley Orgánica es un requisito previo para elaborar el proyecto presupuestario.
Frente a esta controversia, Gestha considera esencial contar con una respuesta normativa clara y expresa en la ley orgánica, pues coincide con la AIReF en que la presentación anual de los proyectos de Presupuestos Generales del Estado refuerza la calidad institucional, la transparencia, la supervisión fiscal y la rendición de cuentas.

