Según ha informado el Ministerio de Trabajo y Economía Social, la reforma busca reforzar las garantías de indemnidad de estos trabajadores, al considerar que el sistema de protección «quedaría enormemente debilitado» si se limitara a reconocer la indemnización correspondiente al despido improcedente.
En concreto, el texto prohíbe cualquier discriminación, directa o indirecta, tanto en el acceso al empleo como una vez iniciada la relación laboral, por comunicar o revelar infracciones normativas o hechos de corrupción conforme a la Ley 2/2023 de protección de los informantes.
Asimismo, declara la nulidad del despido durante el periodo de prueba, de los despidos por causas objetivas y disciplinarias cuando se produzcan como represalia por revelar o comunicar este tipo de infracciones. También serán nulas las órdenes de discriminar y las decisiones empresariales que supongan un trato desfavorable hacia estas personas trabajadoras.
La norma extiende igualmente esta protección a quienes sufran represalias por presentar reclamaciones en la empresa o por emprender acciones administrativas o judiciales dirigidas a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación o relacionadas con la revelación o comunicación de infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El Ministerio de Trabajo sostiene que la reforma fortalece la protección de quienes contribuyen a una cultura de integridad, transparencia y defensa del interés general en el ámbito laboral.

