Aunque esta resolución entrará en vigor mañana, en la misma se establece el plazo de un mes para que la AGE y sus organismos dependientes realicen las adaptaciones necesarias en los calendarios correspondientes, así como en los sistemas de control horario, para la implantación de las 35 horas, frente a las 37,5 horas establecidas anteriormente.
La llegada de la jornada laboral de 35 horas semanales en la AGE, que el Gobierno calcula que beneficiará a 220.000 empleados públicos, es fruto del acuerdo alcanzado el pasado mes de marzo entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.
Dicho acuerdo establecía el compromiso del Gobierno de implantar de manera ágil la jornada ordinaria de 35 horas semanales en la AGE, que equivalen a 1.533 horas anuales.
El Gobierno asegura en esta resolución que la implementación de esta medida se realizará «garantizando en todo momento la adecuada prestación y continuidad de los servicios públicos y la atención a la ciudadanía, mediante las adaptaciones organizativas que resulten necesarias».
Las instrucciones contenidas en esta resolución son de aplicación a todos los empleados de la Administración General del Estado, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y los organismos autónomos, agencias y demás entidades vinculadas o dependientes de la AGE.
Para el personal de estas entidades destinado en instituciones y establecimientos penitenciarios o en instituciones y establecimientos sanitarios; en centros docentes o de apoyo a la docencia, así como para aquel en que la naturaleza singular de su trabajo lo requiera, la implantación de las 35 horas deberá adaptarse a las regulaciones específicas que procedan y ser preceptivamente comunicadas a la Secretaría de Estado de Función Pública.
Las 35 horas no serán de aplicación al personal militar de las Fuerzas Armadas, ni al personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
LA JORNADA SEMANAL DE ESPECIAL DEDICACIÓN BAJA A 37,5 HORAS
La duración de la jornada del personal que desempeñe puestos de trabajo considerados de especial dedicación será de 37,5 horas semanales, frente a las 40 horas actuales, «sin perjuicio del aumento de horario que excepcionalmente sea preciso por necesidades del servicio».
Cada departamento ministerial y organismo o ente público determinará en función de la naturaleza y características del servicio aquellos puestos de trabajo que deban prestarse en régimen de especial dedicación.

