Economía

UniversalPay apela la sentencia que dio la razón a Santander en la disputa relacionada con el negocio de TPVs

UniversalPay ha recurrido la sentencia que daba la razón a Santander en la disputa que mantienen relacionada con el negocio de adquirencia, o de terminales de puntos de venta (TPV), en España, según se recoge en el informe del primer semestre de la entidad.

En concreto, ha presentado recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra la sentencia dictada el pasado 16 de diciembre por el Juzgado de Primera Instancia número 81 de Madrid y en la que se desestimaban las pretensiones de UniversalPay, que pedía 1.050 millones de euros a Santander por considerar que el banco había incumplido sus obligaciones comerciales con la empresa de pagos.

El caso se remonta a 2013, cuando Banco Popular constituyó la sociedad UniversalPay junto a Evo Payments para gestionar el negocio de servicios de pago a través de terminales de punto de venta en comercios en España. El acuerdo entre Popular y Evo Payments incluía una alianza de marketing de diez años en virtud de la cual el Popular derivaba a sus clientes comerciales de forma exclusiva a la empresa conjunta UniversalPay.

A finales de 2015, Banco Popular vendió a Evo Payments la participación que tenía en UniversalPay, que se convirtió en filial 100% de Evo Payments, manteniendo su alianza comercial.

Posteriormente, en junio de 2017, Banco Popular fue resuelto y vendido por un euro a Banco Santander, entidad que cuenta con su propio negocio de adquirencia a través de Getnet. Ante esta situación, UniversalPay sostenía en la demanda que el grupo presidido por Ana Botín había incumplido la cláusula 6 del ‘marketing alliance agreement’ (MAA) que mantenía con Banco Popular y que establecía determinadas obligaciones de exclusividad, no competencia y de referencia de clientes.

Sin embargo, el juez de primera instancia desestimó las pretensiones de UniversalPay al entender que no ha existido incumplimiento de las obligaciones comerciales por parte de Santander, ya que el banco continuó tramitando solicitudes de servicios de adquirencia de UniversalPay «sin que exista prueba de que se haya favorecido el negocio» de Santander en detrimento del de UniversalPay.

Además, la sentencia recogía que la empresa de pagos no ha acreditado que se haya incumplido el protocolo de remisión de clientes y que, a finales de 2020, la propia UniversalPay «se negó a seguir colaborando» en las ventas, dejando de tramitar las remisiones que le traspasaba Santander.

Igualmente, señala que Banco Popular «no estaba obligado a remitir un número de comercios fijos al mes o al año a UniversalPay», sino la prestación de un apoyo comercial. Por tanto, la obligación de Popular y, posteriormente de Santander, era «de medios, no de resultados».

Así, el juez aseguraba que no se podía concluir que Santander hubiera dejado de cumplir con sus obligaciones comerciales, pues «cumplió con su obligación de poner, de buena fe, todos los medios posibles para conseguirlo».

De esta forma, el juez desestimaba la demanda de UniversalPay contra Santander y le imponía el pago de las costas del proceso, aunque contra este fallo cabía recurso de apelación.

Ahora, Santander ha comunicado que, finalmente, UniversalPay ha presentado en plazo el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, frente a lo que el banco ha interpuesto su oposición.

Asimismo, Santander ha señalado que no cuenta con ninguna provisión para esta disputa, tras el resultado a su favor de la sentencia de primera instancia y tras el análisis realizado por los abogados externos del banco.