Economía

La Audiencia Nacional falla que Santander debe responder por ocho multas a Popular por 10,4 millones

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha fallado que Banco Santander debe responder por ocho multas que se impusieron a Banco Popular hace años, al ser el heredero de sus responsabilidades jurídicas tras su absorción, según figura una sentencia dictada en julio a la que ha tenido acceso Europa Press

En concreto, en mayo de 2019, el Ministerio de Economía y Empresa decidió imponer ocho sanciones a Banco Popular por una serie de vulneraciones de la ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Los hechos se produjeron antes de que Santander rescatara al Popular cuando fue resuelto.

En conjunto, estas ocho multas suponen una sanción conjunta de 10,4 millones de euros. Santander alegaba que no debía hacer frente a estas multas porque supone una «vulneración» del principio de responsabilidad personal, ya que la conducta sancionada es anterior a la absorción de Santander.

Asimismo, el banco liderado por Ana Botín argumentaba en su recurso ante la Audiencia Nacional que no es cierto que haya existido una «sucesión empresarial» de Banco Popular, afirmando que no existía relación entre el antiguo Banco Popular, el nuevo Banco Popular y Banco Santander.

Ante estos argumentos, la Audiencia Nacional ha recordado que la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre transmisibilidad de la responsabilidad administrativa de las empresas ha dejado claro que «no puede permitirse que el infractor de una norma pueda, por su sola voluntad, eludir que se haga efectiva la responsabilidad».

Así, el tribunal considera que esto sucedería en caso de que una empresa decidiera dejar sin efecto una sanción mediante un proceso de fusión, absorción, sustitución o sucesión voluntaria.

«Admitir otra tesis sería tanto como convalidar conductas fraudulentas, en la medida que cualquier sociedad podría fácilmente eludir su responsabilidad por la comisión de infracciones administrativas (…) mediante su decisión voluntaria de extinguir jurídicamente su personalidad, pero manteniendo íntegro su patrimonio que sería asumido en bloque por otra sociedad constituida ‘ad hoc’, a través de la cual seguiría desarrollando el mismo negocio en el seno del cual se cometieron los ilícitos administrativos», ha argumentado la Audiencia Nacional.

En esta línea, ha recordado que el propio Banco Santander declaró a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que adquiriría por sucesión universal la «totalidad de derechos y obligaciones» de Banco Popular.

Banco Santander ha indicado a Europa Press que interpondrá un recurso de casación contra esta sentencia ante la Sala de la Audiencia Nacional. Por el momento, ha sido condenado al pago en costas.