El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha iniciado el procedimiento para pagar 712,7 millones de euros en ayudas extraordinarias a agricultores y ganaderos afectados por la sequía en España.
El real decreto-ley aprobado el 4 de mayo por el Consejo de Ministros establecía ayudas extraordinarias por 631,7 millones de euros para compensar las pérdidas y el incremento de los costes de producción a consecuencia de la sequía y de la guerra en Ucrania a los agricultores y ganaderos.
Además de esta cantidad, se abonarán también 81 millones de euros asignados a España de la reserva agrícola de la Política Agraria Común (PAC) a petición del ministro de Agricultura, Luis Planas, realizada a la Comisión Europea.
El Ministerio ha señalado que sacará a consulta pública el borrador de orden para la distribución de 357,7 millones de euros con destino a los sectores agrícolas.
EXPLOTACIONES GANADERAS BENEFICIADAS
El Ministerio ha informado asimismo en un comunicado de que ha publicado este martes en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) el listado provisional de los 74.651 titulares de explotaciones ganaderas que se van a beneficiar de la ayuda de Estado por 355 millones de euros.
Este apoyo extraordinario, que se empezará a desembolsar a partir de octubre, se concede directamente a los beneficiarios, productores de carne de vacuno (vacas nodrizas), de ovino y de caprino y productores de leche de vaca, oveja y cabra que hayan sido beneficiarios de ayudas asociadas a la ganadería de la Política Agraria Común (PAC) de la campaña 2022 y que tengan censo mayor que cero a 30 de abril de 2023.
También informa de que en el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias los beneficiarios serán los titulares de explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino dadas de alta en el Registro General de Explotaciones Ganaderas a 30 de abril de 2023.
Las ayudas se conceden cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros. Se estima que los beneficiarios que cumplen con las condiciones establecidas para acceder a esta ayuda, que no presenten alegaciones y que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, podrán percibir estas ayudas en el mes de octubre.
DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO
El presupuesto total asignado de 355 millones de euros se distribuye de la siguiente forma: 197 millones de euros para los productores de carne de vacuno, 117,4 millones de euros para los productores de carne de ovino y caprino, 17,4 millones de euros para los productores de leche de vaca y 23,2 millones de euros para los productores de leche de oveja y cabra.
Con base en los datos provisionales de explotaciones ganaderas subvencionables y al número de animales que serían elegibles para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima estimada por especie y orientación productiva, se ha realizado un ajuste lineal a los importes unitarios indicados en el real decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.
El ministerio ha establecido, por tanto, lo importes unitarios por cabeza de ganado para las zonas de afección alta de sequía de la siguiente manera: vaca de carne (nodriz): 143,48 euros, oveja y cabra de carne: 15,89 euros, vaca de leche: 55,12 euros, oveja y cabra de leche: 8,66 euros.
Las explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales potencialmente como zonas de afección media de sequía recibirán el 50% de los importes previstos para cada especie y orientación productiva, mientras que las de afección moderada, percibirán el 25% de los importes.
PARA LOS PRODUCTORES DE LECHE DE VACA
Para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725 animales subvencionables por beneficiario. Los productores de vacas nodrizas percibirán el 100% del importe unitario para las primeras 250 vacas, y un 50% de los mismos desde la 251 hasta la totalidad de su censo.
Los productores de ovejas y cabras percibirán el 100% de los importes respectivos para los primeros 2.000 animales, y el 50% de los mismos para el resto de sus animales elegibles.
RELACIÓN DE LOS TITULARES DE LAS EXPLOTACIONES Y LAS AYUDAS
Por último, el MAPA indica que la relación de los titulares de las explotaciones que pueden optar a las ayudas junto con el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía de la ayuda a percibir estarán disponible para su consulta en el tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.
Los interesados disponen de un plazo de 10 días hábiles (desde el 5 al 18 de julio) para realizar alegaciones, que deberán presentarse exclusivamente a través del formulario de alegaciones de la sede electrónica del FEGA.