El nuevo acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) para los próximos dos años entrará en vigor el próximo 1 de julio, momento hasta el cual el transporte se podrá seguir realizando conforme al ADR anterior, el de 2021.
Las principales novedades introducidas en el ADR 2023 son, entre otras: nuevas definiciones, cambios en algunas condiciones de transporte, nuevas materias (números ONU), nuevas disposiciones especiales para algunas materias y cambios en las instrucciones de embalaje de algunos materiales.
El Consejo de Ministros celebrado este martes ha acordado tomar conocimiento de la entrada en vigor de las enmiendas a los Anejos A y B del nuevo acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.
El ADR constituye el marco de la reglamentación del transporte de mercancías peligrosas por carretera, y consta de 17 artículos y dos anejos, adoptados por la Unión Europea mediante la Directiva 2008/68/EC.
El Anejo A contiene todas aquellas acciones necesarias para remitir una mercancía antes de realizar el transporte en sí mismo: clasificación de la mercancía, elección de los recipientes, generación de la documentación precisa y controles anteriores a la salida de la expedición.
El Anejo B se refiere a la circulación del vehículo, conducción, elección del vehículo, elección de conductor y equipamiento, entre otros.
El ADR se actualiza cada dos años y, durante el período de vigencia del ADR anterior, se realizan por parte de las distintas partes contratantes del ADR las propuestas para adecuar el reglamento al avance de la ciencia y tecnología.