La Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto de Crédito Oficial han suscrito un convenio para el intercambio de información en relación con la línea de avales del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Según se desprende de la resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la información suministrada por la Agencia Tributaria tendrá como finalidad su utilización por parte del ICO para llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, las comprobaciones oportunas ante la falta de idoneidad o el posible incumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato de avales.
En ningún caso las entidades financieras accederán a los datos concretos de información tributaria que la Agencia Tributaria ceda al ICO. De esta forma ICO, en su caso, y una vez haya llevado a cabo las comprobaciones de las condiciones previstas para la elegibilidad de la Línea de Avales Ucrania, comunicará a las entidades financieras el resultado de las comprobaciones relativas a la información facilitada con base a este convenio.
De su lado, el ICO pondrá a disposición de la Agencia Tributaria la información necesaria que permita la identificación de los beneficiarios y las operaciones realizadas en todos sus términos. El acceso a la información se realizará preferentemente mediante una consulta directa por medios telemáticos, por la que la Agencia Tributaria accederá a los sistemas del ICO relativos a la referida Línea.
Toda información adicional que la Agencia Tributaria precise para el ejercicio de sus funciones y competencias en materia tributaria y que no esté disponible en Banc@ico, se obtendrá directamente por la Agencia Tributaria mediante los cauces habituales o mecanismos establecidos.
Según se dispone en el BOE, las autoridades, funcionarios y resto de personal que tengan conocimiento de los datos o información suministrados en virtud de este convenio estarán obligados «al más estricto y completo sigilo» respecto de ellos. La violación de esta obligación implicará incurrir en las responsabilidades penales, administrativas y civiles que resulten procedentes.
Con el fin de coordinar las actividades necesarias para la ejecución del convenio, así como para llevar a cabo su supervisión, seguimiento y control, se creará una Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento compuesta por tres representantes nombrados por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Tributaria y otros tres nombrados por el ICO.