Dado que la directiva CSRD y los ESRS son más exigentes que la actual ley 11/2018, la CNMV admitirá informes bajo ESRS, siempre que cumplan también con dicha ley. El objetivo es que la información sea homologable con la que suministrarán la mayoría de emisores de la Unión Europea.
Respecto al resto de las entidades sujetas a la ley 11/2018, se recomienda valorar la conveniencia de aplicar las ESRS o el estándar voluntario.
Desde 2024, la información de sostenibilidad en la Unión Europea debe ser elaborada de bajo dicha Directiva, los estándares europeos del EFRAG (conocidos como ESRS) y las respectivas legislaciones nacionales. Durante los dos últimos años, la CNMV ha venido recomendando emplear estos estándares en caso de que la CSRD siguiera sin estar transpuesta en España, algo que sigue pendiente.

