
PALMA, 25 (EUROPA PRESS)
Una mujer ha reclamado más de 300.000 euros de indemnización al IBSalut al entender que su marido perdió la vida a causa de la extenuación padecida después de que tuviera que subir cuatro pisos de escaleras a pie tras varias semanas ingresado por coronavirus.
El Consell Consultiu, en un dictamen publicado recientemente, ha desestimado las pretensiones económicas de la reclamante al considerar que no existe relación entre el fallecimiento del hombre y el funcionamiento del servicio público de salud.
Los hechos se remontan al verano de 2023, cuando el hombre estuvo varios días ingresado en el Hospital Universitario Son Espases con neumonía y coronavirus.
Tras recibir el alta fue acompañado por los sanitarios a su domicilio, pero en el edificio, según la versión de la reclamante, no funcionaba el ascensor.
En ese contexto, los sanitarios le hicieron subir cuatro pisos de escaleras, y le dejaron en el rellano. El hombre, quien sufría parkinson, una cardiopatía y un traumatismo vertebral que le dificultaba la movilidad, quedó «con los ojos fuera de las órbitas, nervioso, exhausto y con la respiración muy agitada».
Al día siguiente empezó a vomitar con fuerza y frecuencia «a causa del esfuerzo realizado para subir al cuarto piso». Volvió a ser ingresado en Son Espases, aunque esta vez en una habitación destinada a pacientes «terminales programados». Con el paso de los días fue trasladado al Hospital General, donde terminó falleciendo.
La mujer del fallecido reclamaba 322.240 euros en concepto de indemnización, pero el instructor del procedimiento administrativo desestimó sus pretensiones al considerar que no concurrían las circunstancias para que existiera una responsabilidad patrimonial en la actuación de los facultativos.
El mismo día en el que se resolvió el proceso, el IBSalut solicitó la emisión de un dictamen por parte del Consell Consultiu, que también se ha posicionado en contra del pago de la indemnización.
A juicio del organismo consultivo, no es posible establecer una relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público de transporte sanitario y el resultado «lesivo» del traslado del paciente.
Para llegar a esta conclusión han analizado diversos informes y documentos que les han llevado a sostener que la reclamante no ha aportado una justificación técnica de las negligencias denuncias y que los técnicos ni «podían conocer las patologías del paciente» ni «obligaron» al fallecido a subir a pie.
DE UNA CISTITIS A UNA PERITONITIS
El Consell Consultiu, en otro reciente dictamen, también ha desestimado la reclamación ante el IBSalut presentada por una mujer que, aunque inicialmente fue diagnosticada de una cistitis, finalmente padeció una apendicitis con peritonitis.
La paciente, que reclamaba 90.307 euros, señala que los hechos sucedieron a finales de 2021, cuando acudió al PAC con un dolor en el abdomen que los médicos consideraron que se trataba de una infección de orina, para cuyo tratamiento recibió medicamentos.
No obstante, al persistir el dolor acudió al Hospital de Inca, donde fue intervenida por una apendicitis con peritonitis. A su parecer, el diagnóstico fue erróneo y el tratamiento, inadecuado.
Tras la operación, sostiene, no se le prescribieron pautas de alimentación correctas y acabó sufriendo una oclusión intestinal que hizo necesaria una nueva intervención quirúrgica.
La instructora del procedimiento, sin embargo, decidió desestimar la reclamación atendiendo al hecho de que todos los informes obrantes en el expediente valoran que la asistencia fue correcta.
En la misma dirección se ha pronunciado el Consultiu, que no ha apreciado en el expediente ninguna prueba que permita establecer una relación de causalidad entre la asistencia médica y los daños alegados por la reclamante.

